Reglamento General de los Capítulos (Grupos de Trabajo, Menciones)
La necesidad de crear Capítulos nace del creciente desarrollo de diversas áreas o subespecialidades de la otorrinolaringología.
Los Capítulos formarán parte integral de la SOCHIORL y se encuentran subordinados y al amparo de ella.
Los Capítulos tendrán un Directorio conformado por un Director y un Coordinador, los cuales deben tener sus cuotas al día. Sus funciones deben estar claramente establecidas y su duración en el cargo será de 3 años (concordante con la duración del período del Directorio de la Sociedad).
La elección del Director y Coordinador será efectuada en una reunión del capítulo posterior a la Asamblea General Ordinaria de la SOCHIORL del año en que corresponda elección del nuevo Directorio, pudiendo realizarse también durante el Congreso Chileno de ORL de ese mismo año. El Directorio del Capítulo deberá ser ratificado por el Directorio de la Sociedad.
El Director será responsable del funcionamiento general del Capítulo y el Coordinador será responsable de las labores de secretaría y comunicación.
El Directorio del Capítulo debe rendir cuenta anual al Directorio de la Sociedad de los socios inscritos, las actividades realizadas, y presentar una planificación para el año siguiente.
Las reuniones científicas y/o administrativas pueden ser mensuales, bimensuales o trimestrales y los cursos podrán realizarse cada 2 años. Las actividades científicas no deben interferir en las actividades científicas propias de las sociedad (CEPES, Congreso, Jornadas de Invierno, etc).
La SOCHIORL ofrece apoyo de gestión, infraestructura y equipamiento. No habrá apoyo financiero directo, salvo situaciones excepcionales que requieren la aprobación del Directorio de la Sociedad.
Todos los socios de la SOCHIORL con sus cuotas al día tendrán derecho a participar en los capítulos, incluyendo a los becados en su calidad de socios adherentes.
Durante el primer año, los interesados pueden inscribirse libremente en el capítulo. Posteriormente podrán ingresar presentando una conferencia de un tema del área del capítulo en una reunión oficial.
Los capítulos pueden tener Logo, pero para su uso oficial siempre debe acompañarse del Logo de la Sociedad.
Cada Capítulo tendrá estatutos propios y específicos de cada disciplina, basados en este reglamento general. Los estatutos de cada capítulo serán revisados cada 5 años y podrán ser modificados con aprobación del 70% de los socios presentes, los cuales no podrán representar menos del 75% del total de socios registrados; además de contar con la venia del Directorio de la SOCHIORL. Tanto el Directorio del Capítulo como el Directorio de la SOCHIORL podrán solicitar la revisión prematura de los estatutos, en cuyo caso se requerirán los mismos requisitos de quórum expuestos en el párrafo precedente.